36 AÑOS DE EXPERIENCIA FUNDADOR DE LAPETEC CONSULTORES
Fernando A. Herrera Cruzat
- Perito Judicial Acreditado (Poder Judicial)
- Mecánica Forense Accidentologia Vial
- CRIMINALISTICA
- Resolución s/n desde 1985 E. Corte Suprema de Justicia de Chile
- PROFESOR EMERITO UNIVERSIDAD UAP PERU
El perito judicial, perito forense, es un profesional superior, reconocido en Chile por el poder judicial y los tribunales de justicia como experto a modo de una fuente confiable de un tema, técnica, ciencia, arte o habilidad cuya capacidad para juzgar o decidir en forma correcta, justa o inteligente le confiere autoridad y estatus por sus pares o por el público en una materia específica. Independiente, imparcial, libre y no sujeto a coacciones o influencia en la emisión de sus conclusiones.
En forma más general, corresponde a un versado. Es una persona honorable con un conocimiento amplio o aptitud comprobada y o reconocida en un área particular.
Estos expertos son imparciales, independientes, cuando son requeridos para dar admoniciones sobre su tema de especialización, aunque no siempre coinciden en sus apreciaciones con las opiniones aceptadas sobre ciertos temas específicos de su tema de estudio.
- Miembro SAE International (USA)
- Miembro Instituto de Peritajes Forenses y ACONI (España)
- Miembro ACRA Criminalistas (R. Argentina)
- Miembro de APEBA Buenos Aires (R. Argentina)
- Ponente Universitario – Congresos Internacionales
- Perito Directorio Defensoría Penal de Chile
- Miembro de la Comisión Internacional de Estudios
- Criminalísticos y Forenses (Peru)
- INACIF-PECRIF 2 Presidente

Especialidades Periciales
Dentro de nuestros conocimientos en pericias forenses, ofrecemos los servicios en análisis de:
- Vehículo mal reparado (control de calidad y seguridad)
- Falla de producto (Sernac).
- Falla mecánica (causas de accidentes).
- Vicios ocultos.
- Incendios de vehículos y maquinarias
- Vehículos de remates / pérdidas totales.
- Vehículo vendido-comprado con daños ocultos.
- Reparación sub estándar o fraudulenta.
- Desacuerdo técnico con aseguradoras.
- Dinámicas de accidente de tránsito (inv. y reconstrucción)
- Incendios (falla de producto, intervenciones, mala praxis)
- Peritajes mecánico forenses
- Fallas de airbag (falla de fábrica, intervenciones, eliminaciones)
- Kilometrajes modificados
ESPECIALISTAS EN RECLAMOS POR LEY DEL CONSUMIDOR DESDE 2004
Ley 19496 Protección Consumidor ACTUALIZADA
La ley de protección al consumidor protege a los consumidores.
Las leyes del consumidor protegen a los consumidores contra bienes o servicios defectuosos. También protegen a los consumidores de las prácticas comerciales desleales y la publicidad engañosa o falsa.
Área de prestación de servicios del perito judicial respecto de esta Ley para reclamos a Sernac o Tribunales
- Incumplimiento contrato de seguros en los términos y reparaciones
- Maquinarias y vehículos pesados que no cumplen el rendimiento de producción ofrecida
- Vehículos incendiados por fallas de producto, intervenciones, otros
- Accidentes producto de falla del vehículo y o sistemas
- Fallas recurrentes
- Automóviles nuevos que fallaron y la marca o automotora no cumplió con su obligación o no se cumplió su correcta reparación
- Mayor consumo de combustible ajeno a lo indicado por la vendedora
- Reparaciones fuera de norma, uso de repuestos alternativos y o usados. Vicios ocultos
- Reparaciones que hayan perjudicado el estado final del vehículo o no recuperado el estado primitivo u original. Mala praxis
- Vehículos nuevos que no cumplen las características de lo ofrecido del folleteria, catálogos, publicidad
- No activación de airbag, falla de frenos, falla de dirección y otros sistemas en accidentes viales
- Automóviles no cumplen con las prestaciones para lo cual fue adquirido